Guía · Chile · Licitar

Cómo participar en licitaciones públicas en Chile.

Chile tiene uno de los sistemas de compras públicas más abiertos de América Latina: casi todas las compras del gobierno central y de los municipios pasan por una sola plataforma, Mercado Público, y la ley permite expresamente a las empresas extranjeras ofertar en las mismas condiciones que las chilenas. En diciembre de 2024 entró en vigor una reforma de fondo. Así funciona hoy el sistema, y así se inscribe, oferta y cobra una empresa de cualquier país.

Actualizado el 4 de octubre de 202610 min de lecturaContrastado con: la Ley 19.886 (texto refundido, febrero de 2026), la Ley 21.634, el Decreto 661/2024 (reglamento de compras públicas), las orientaciones de ChileCompra y ChileAtiende, los valores de la UTM del SII y el Acuerdo Comercial Interino UE-Chile, vigentes a octubre de 2026

También en: English

Chile en un vistazo

Ley Ley 19.886, modernizada por la Ley 21.634; reglamento: Decreto 661/2024. Los principales cambios rigen desde el 12 de diciembre de 2024
Quién la administra ChileCompra (Dirección de Compras y Contratación Pública)
Plataforma Mercado Público (mercadopublico.cl), para casi todas las compras
Registro de proveedores Registro de Proveedores, obligatorio para contratar; categoría “Extranjeros” aparte
Unidad de los umbrales UTM: 72.151 pesos en octubre de 2026 (se actualiza cada mes)
Oferentes extranjeros Permitidos en las mismas condiciones; sin preferencia de precio por nacionalidad
Garantía de fiel cumplimiento 5 %, obligatoria sobre 1.000 UTM
Pago Dentro de 30 días desde la factura (60 solo con fundamento)
Impugnaciones Tribunal de Contratación Pública, 10 días hábiles

La Ley 19.886 regula el suministro de bienes y la prestación de servicios. Las obras públicas siguen un régimen propio, a cargo del Ministerio de Obras Públicas.

Procedimientos y umbrales

Todos los umbrales se fijan en UTM, así que su valor en pesos sube cada mes. Los montos de abajo usan la UTM de octubre de 2026.

Procedimiento Cuándo se usa Pesos aprox.
Compra Ágil Compras de hasta 100 UTM; al menos 3 cotizaciones. Reservada a pymes y proveedores locales Hasta ~7,2 millones
Licitación pública La regla general, en cuatro tramos: menos de 100 UTM, 100–1.000, 1.000–5.000 y 5.000+ UTM Tramos en ~7,2 millones / 72 millones / 361 millones
Convenio Marco Los catálogos de convenios marco de ChileCompra, para compras de más de 100 UTM. El comprador debe revisar primero el catálogo —
Licitación privada Solo si una licitación pública no recibió ofertas válidas —
Trato directo Solo por las causales que fija la ley, como proveedor único o emergencia; debe fundamentarse y publicarse —
Compra por cotización Incluye los contratos de servicios con empresas extranjeras que se prestan fuera de Chile —

La reforma también incorporó las subastas inversas, los contratos para la innovación y el diálogo competitivo.

Plazo mínimo para ofertar en una licitación pública:

  • 30 días desde 5.000 UTM;
  • 20 días entre 1.000 y 5.000 UTM (puede rebajarse a 10 para bienes y servicios simples);
  • 10 días entre 100 y 1.000 UTM (puede rebajarse a 5);
  • 5 días bajo 100 UTM.

Los tratados de libre comercio pueden fijar plazos mínimos más largos para las compras que cubren.

Otras reglas:

  • Comisión evaluadora: las licitaciones de más de 1.000 UTM las evalúa una comisión de al menos tres funcionarios, designada antes de la apertura de las ofertas.
  • Plazo de espera: sobre 5.000 UTM, el contrato no puede firmarse hasta 10 días hábiles después de la notificación de la adjudicación.

Quién puede ofertar

La Ley 19.886 admite expresamente como proveedores a personas naturales o jurídicas “chilenas o extranjeras”. Para adjudicarse un contrato debe estar inscrito y “hábil” en el Registro de Proveedores, con la información al día.

  • El reglamento define al proveedor extranjero como la empresa constituida en el extranjero, o la persona, sin domicilio ni residencia en Chile. El registro tiene su propia categoría “Extranjeros”.
  • Sin preferencia de precio por nacionalidad. La ley chilena no favorece en precio a los productos ni a las empresas chilenas. Sí favorece de formas concretas a las pymes y a los proveedores locales (ver más abajo), y las empresas extranjeras se inscriben fuera de las categorías de pyme.
  • Consorcios: la Unión Temporal de Proveedores (UTP) permite a varias empresas ofertar juntas sin constituir una nueva sociedad. Sus integrantes responden solidariamente y nombran un representante común. Es la fórmula habitual cuando una empresa extranjera se asocia con una chilena. Vea las reglas para ofertar en consorcio o unión temporal.

Tratados comerciales: Chile no es parte del Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC, pero sus tratados de libre comercio abren sus compras públicas a muchos socios, entre ellos:

  • Estados Unidos, Canadá, México, Japón, Corea, Australia, Centroamérica, Colombia, Uruguay, los socios originales del Transpacífico (P4) y los países de la AELC (EFTA);
  • la UE, mediante el Acuerdo Comercial Interino UE-Chile, vigente desde el 1 de febrero de 2025, con un capítulo de compras públicas mejorado.

Por encima de sus umbrales, estos tratados agregan garantías: plazos mínimos para ofertar, especificaciones no discriminatorias y derecho a impugnar. Como la ley chilena de todos modos no discrimina por nacionalidad, las empresas de otros países también pueden ofertar.

Inscribirse, paso a paso

  1. Cree un usuario y una cuenta de empresa en Mercado Público.
    • Las empresas chilenas usan la ClaveÚnica.
    • Las empresas extranjeras crean un usuario y se inscriben en la categoría “Extranjeros”, pagando la tarifa del registro en Compraquí, el sitio de ChileCompra.
    • No se necesita RUT chileno para inscribirse.
  2. Suba los documentos para acreditarse en el Registro de Proveedores:
    • acreditación de identidad, nacionalidad y domicilio;
    • el documento de constitución o su equivalente;
    • un certificado de vigencia o su equivalente;
    • la acreditación de que los poderes de sus representantes están vigentes;
    • una declaración jurada de que no está inhabilitado por el Banco Mundial, el BID, el AIIB, el BERD ni el BAfD;
    • sus beneficiarios finales: toda persona con el 10 % o más, o con control efectivo.
  3. Para inscribirse bastan copias simples. Al contratar, el comprador pide documentos apostillados o legalizados, con traducción al español de lo que esté en otro idioma. Inicie el trámite de apostilla antes de necesitarlo.
  4. Pague la tarifa anual o semestral del registro. ChileCompra la fija por resolución, con tarifas más bajas para las pymes; revise el monto vigente al inscribirse.
  5. Mantenga su información al día. Debe seguir “hábil” hasta la firma del contrato, y los proveedores extranjeros declaran sus ventas anuales al inscribirse o renovar.

Cada documento, paso a paso. Quién emite cada certificado, quién puede obtenerlo por usted, cuánto cuesta y cuánto tiempo es válido: Todos los pasos para licitar en Chile.

Ofertar, paso a paso

  1. Busque oportunidades en mercadopublico.cl: busque licitaciones, configure alertas por rubro y revise los planes anuales de compras de los organismos.
  2. Lea las bases con atención. En Chile rige la estricta sujeción a las bases, así que un documento faltante puede dejar su oferta inadmisible. Use el foro de preguntas y respuestas de la licitación y asista a las visitas a terreno que haya.
  3. Prepare su oferta en línea: anexos administrativos, técnicos y económicos, más su acuerdo de UTP si oferta en consorcio.
  4. Adjunte una garantía de seriedad solo si las bases la exigen. Eso solo es posible, de forma excepcional, en licitaciones de más de 5.000 UTM.
  5. Envíe la oferta antes del cierre electrónico. El comprador puede pedirle salvar errores formales, pero los errores de precio no pueden corregirse.
  6. Evaluación y adjudicación. La evaluación sigue los criterios de las bases, y la resolución de adjudicación se publica en Mercado Público.
  7. Firme el contrato (se admite la firma electrónica) y entregue la garantía de fiel cumplimiento. En esta etapa se exigen los documentos apostillados.
  8. Entregue, reciba la orden de compra y facture. Se le paga dentro de 30 días (ver más abajo).

Si se adjudica un contrato, normalmente necesitará un RUT chileno, y a menudo una entidad o un agente local, para emitir facturas electrónicas chilenas. Planifique su estructura tributaria con tiempo.

Garantías y pago

Garantía de seriedad de la oferta: solo de forma excepcional, por razones de interés público, en licitaciones de más de 5.000 UTM, y con un tope del 3 % del monto licitado.

Garantía de fiel cumplimiento:

  • Obligatoria en los contratos de más de 1.000 UTM, por el 5 % del precio neto final. Puede ser mayor si la oferta es temerariamente baja o el contrato es riesgoso.
  • Bajo 1.000 UTM, el comprador igual puede exigirla, con fundamento.
  • En los contratos de servicios debe estar vigente al menos 60 días hábiles después del término del contrato, y también garantiza el pago de las remuneraciones y cotizaciones de los trabajadores.

Forma: cualquier instrumento pagadero a la vista, irrevocable y de cobro a primer requerimiento, en papel o electrónico. En la práctica suele ser una boleta de garantía bancaria, un vale vista o una póliza de seguro de ejecución inmediata. Las bases no pueden limitarlo a un solo tipo de instrumento.

Pago: dentro de 30 días corridos desde que el comprador recibe su factura. Las bases o el contrato pueden ampliarlo a 60 días, pero solo con fundamento.

Evaluación y preferencias

  • Criterios: la evaluación pondera factores económicos y técnicos durante toda la vida del contrato, como precio, experiencia, metodología, calidad, servicio de posventa y plazo de entrega. Las bases deben fijar una regla de desempate.
  • Sustentabilidad: la reforma incorporó los principios de eficiencia económica y de ciclo de vida, y los compradores deben consultar la plataforma de economía circular.
  • Criterios complementarios: pueden premiar a empresas de economía social, la igualdad de género, el liderazgo femenino y a grupos subrepresentados. Deben pesar menos que los criterios técnicos y económicos y no pueden excluir a nadie.
  • Preferencias para pymes y proveedores locales:
    • Compra Ágil está reservada a pymes y proveedores locales.
    • Las municipalidades y los gobiernos regionales pueden dar puntaje a proveedores locales en licitaciones de menos de 500 UTM.
    • Los catálogos de convenio marco pueden zonificarse por región.

Impugnar una decisión

  1. Reclamo en Mercado Público (opcional): dentro de 5 días hábiles desde que tomó conocimiento del problema. El comprador debe responder en 5 días hábiles, y el reclamo suspende el plazo para acudir al Tribunal.
  2. Tribunal de Contratación Pública: un tribunal especializado en compras públicas. La demanda se presenta en forma electrónica, dentro de un plazo estricto de 10 días hábiles desde que conoció, o debió conocer, el problema.
    • Desde la reforma conoce también de los conflictos durante la ejecución del contrato, además de los de la licitación, de las decisiones del registro y de las acciones de nulidad de contratos.
    • No otorga indemnizaciones.
  3. Apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago dentro de 10 días hábiles. La sentencia no se suspende mientras se tramita la apelación.

Qué cambió en 2025-2026

  • Los primeros años completos de la reforma. La Ley 21.634 y el Decreto 661/2024 entraron en vigor el 12 de diciembre de 2024 y trajeron:
    • Compra Ágil consagrada en la ley y reservada a pymes y empresas locales;
    • nuevos procedimientos, como los contratos para la innovación, el diálogo competitivo, las subastas inversas y la Compra por Cotización;
    • la habilidad en el registro como requisito obligatorio, con declaración de beneficiarios finales;
    • más competencias para el Tribunal.
  • Acuerdo Comercial Interino UE-Chile vigente desde el 1 de febrero de 2025, que mejora el acceso de los oferentes de la UE.
  • El Tribunal funciona ahora en dos salas (2025), con nuevos jueces nombrados en 2026.
  • La UTM sigue subiendo (72.151 pesos en octubre de 2026), así que el valor en pesos de cada umbral cambia cada mes.

Licitaciones chilenas en curso

Para el otro lado del mercado, vea qué países pueden ofertar en qué licitaciones públicas.

Preguntas

¿Puede una empresa extranjera participar en licitaciones públicas en Chile?

Sí. La Ley 19.886 permite contratar con el Estado a las personas naturales y jurídicas “chilenas o extranjeras”, siempre que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica y estén inscritas, con la información al día, en el Registro de Proveedores. El registro tiene una categoría propia, “Extranjeros”, para los proveedores extranjeros.

¿Necesito un RUT chileno para ofertar en Chile?

No para inscribirse. Los proveedores extranjeros crean un usuario en Mercado Público y pagan la tarifa del registro en Compraquí, el sitio de ChileCompra, sin RUT chileno. Si se adjudica un contrato, para facturar y cobrar en Chile normalmente necesitará un RUT o una estructura local, según cómo se organice el contrato.

¿Qué es Compra Ágil?

Es un procedimiento rápido para compras de hasta 100 UTM (unos 7,2 millones de pesos en octubre de 2026): el comprador pide al menos tres cotizaciones a través de Mercado Público. Por ley está reservado a las pymes y a los proveedores locales; las demás empresas solo se consideran si no cotiza ninguna pyme ni ningún proveedor local.

¿Hay preferencia de precio para los productos chilenos?

No. La ley chilena de compras públicas no tiene preferencias de precio por nacionalidad. Las preferencias que existen favorecen a las pymes y a los proveedores locales (la reserva de Compra Ágil y el puntaje para proveedores locales en licitaciones municipales y regionales de menos de 500 UTM), además de criterios sociales y de sustentabilidad que deben pesar menos que el precio y los criterios técnicos.

¿Qué garantías exigen las licitaciones chilenas?

La garantía de fiel cumplimiento del 5 % del precio del contrato es obligatoria en los contratos de más de 1.000 UTM. La garantía de seriedad de la oferta solo puede exigirse de forma excepcional, en licitaciones de más de 5.000 UTM, y con un tope del 3 %. Sirve cualquier instrumento pagadero a la vista, irrevocable y de cobro rápido y efectivo a primer requerimiento, y las bases no pueden restringir cuál se usa.

¿Cómo se impugna una decisión de una licitación en Chile?

Presentando una demanda ante el Tribunal de Contratación Pública dentro de los 10 días hábiles siguientes a que se tomó conocimiento del problema. Antes puede presentar un reclamo en Mercado Público dentro de 5 días hábiles, lo que suspende el plazo para acudir al Tribunal. La sentencia del Tribunal puede apelarse ante la Corte de Apelaciones de Santiago dentro de 10 días hábiles.

Fuentes

Esta guía explica las normas en un lenguaje sencillo; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas de contratación cambian y cada pliego fija sus propias condiciones, que siempre prevalecen.