Esta guía es la lista de comprobación que hay detrás de una oferta en la República Dominicana: cada registro, documento y firma, en el orden en que los pide una licitación, y quién puede encargarse legalmente de cada uno. Para saber cómo funcionan las compras públicas dominicanas en general (umbrales, procedimientos, evaluación, pago e impugnaciones), consulte Cómo participar en licitaciones públicas en la República Dominicana.
Antes de ofertar
1. Su propio usuario del SECP. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas, que administra la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) en comunidad.comprasdominicana.gob.do, es donde se registra como proveedor, descarga los pliegos, hace preguntas y presenta ofertas. Cada persona, sea de su personal o un asesor, crea un usuario personal.
- Costo, plazo y vigencia: gratuito, en el mismo día, indefinido.
- Lo que solo hace usted: su propio personal crea sus propios usuarios. Nadie comparte un usuario.
- Desde el exterior: igual, con pasaporte o con la identificación tributaria de su país.
2. Su RNC (empresas dominicanas). El número del Registro Nacional de Contribuyentes de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) se necesita para la inscripción nacional en el RPE y para facturar en el país. Un contador o abogado local inscribe a la empresa; su representante legal firma los formularios de la DGII o un poder para el profesional. Las actividades del RNC deben corresponder a la licitación.
3. Un Certificado de Registro Mercantil vigente (empresas dominicanas). Lo expide la Cámara de Comercio y Producción del domicilio de la empresa y acredita su existencia, su objeto social y sus firmantes autorizados; la DGCP toma de él sus actividades como proveedor y sus firmantes. Un objeto social genérico no se puede clasificar, así que asegúrese de que el suyo cubra lo que vende. Tiene fecha de vencimiento: usted o su abogado lo renuevan en la cámara, o su RPE queda desactualizado.
4. La inscripción en el RPE. Solo pueden ofertar los proveedores inscritos en el Registro de Proveedores del Estado que no estén inhabilitados. El registro recoge su capacidad jurídica, sus actividades, su situación tributaria y de seguridad social, sus beneficiarios finales y su cuenta bancaria de pago.
- Costo y plazo: gratuito; 2 días hábiles en línea a través del SECP, 4 días hábiles de forma presencial.
- El expediente (empresas dominicanas): su RNC; el formulario de solicitud, que incluye la declaración de no estar inhabilitado para contratar y de estar al día con las obligaciones tributarias y laborales; su registro mercantil vigente; la última asamblea de accionistas registrada, con su lista de asistencia; la declaración de beneficiario final, y la IR-2 cuando los accionistas son sociedades; y una certificación bancaria firmada y sellada.
- Quién firma: su representante legal firma y sella el formulario de solicitud, con fecha no mayor de 30 días calendario antes de presentarlo; no necesita notarización. Quien lo presente por usted de forma presencial debe llevar un poder notarizado (paso 7).
- Vigencia: no vence, pero queda desactualizado cuando caduca un documento con vencimiento, como el registro mercantil o la certificación MIPYME. Los cambios deben notificarse dentro de los 30 días calendario.
- Desde el exterior: un registro provisional (vea Si su empresa es extranjera).
5. La declaración de beneficiario final. La Ley 47-25 exige que el RPE identifique a las personas físicas que en última instancia son dueñas de su empresa o la controlan. Es el formulario de la DGCP, que se llena a partir de su cadena accionaria y de los anexos de la IR-2, y lo firma su representante legal. Es gratuita, se hace en el mismo día y debe actualizarse dentro de los 30 días calendario siguientes a cualquier cambio.
6. La situación tributaria y de seguridad social. Debe estar al día con la DGII y, si tiene empleados registrados, con la Tesorería de la Seguridad Social (TSS). La DGCP y las entidades lo verifican directamente por interoperabilidad.
- Si la verificación falla: adjunte a la solicitud del RPE en línea la certificación más reciente de la DGII, y una certificación de la TSS cuando haga falta. Cada una se descarga con el acceso propio de la empresa.
- Las MIPYMES pueden ofertar con hasta 6 meses de atraso, adjuntando una certificación de la DGII que indique cuándo comenzó el atraso.
- Lo que solo hace usted: pagar los impuestos y las cotizaciones.
7. Un poder notarizado, si otra persona actúa por usted. Permite que alguien distinto de su representante legal realice trámites del RPE de forma presencial y actúe en las licitaciones cuando el pliego lo permite. Su representante legal lo firma ante un notario público; es válido por el tiempo que el poder indique. Si se firma en el exterior, se notariza y se apostilla, y luego se traduce si hace falta.
8. Las certificaciones MIPYME, para pequeñas empresas dominicanas. El Ministerio de Industria, Comercio y MIPYMES (MICM) certifica la condición de micro, pequeña o mediana empresa, que da acceso a la reserva del 20 % para MIPYMES, elimina la garantía de seriedad, limita las garantías a fianzas de seguros, reduce la garantía de fiel cumplimiento al 1 % y trae un anticipo del 30 %. Una certificación aparte del MICM para MIPYMES lideradas por mujeres da acceso a la reserva del 10 % para ellas y se sube al RPE como “mipyme mujer”. Usted la solicita al MICM; la certificación vigente se sube al RPE para que aparezca la categoría. Ambas tienen fecha de vencimiento.
Con la oferta
9. El Sobre A: credenciales y oferta técnica.
- Experiencia y credenciales técnicas: prueba de su capacidad profesional, técnica y ética, su fiabilidad, su experiencia y su personal, que normalmente se evalúa como cumple o no cumple y solo se puntúa cuando la complejidad del contrato lo justifica. Las cartas de referencia se redactan por usted; usted pide a sus antiguos clientes que las firmen.
- Estados financieros y solvencia, si el pliego los pide: prueba de sus recursos financieros y de que no está en quiebra ni en liquidación, preparada o certificada por un contador público autorizado (CPA), normalmente del último ejercicio o ejercicios, y firmada por su representante legal. Los requisitos deben ser proporcionales, y no se pueden volver a pedir documentos que ya constan en el RPE o en sistemas interoperables.
10. El Sobre B: precio, garantía de seriedad y declaración de oferta libre de colusión.
- La declaración: una declaración jurada de que la oferta es genuina, de buena fe y libre de prácticas colusorias. Es obligatoria, se redacta a partir del modelo del pliego y la firma su representante legal en el mismo día; solo necesita notario si el pliego lo exige.
- La garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta: el 1 % del monto ofertado, en la moneda del pliego, emitida por un banco (garantía o consignación bancaria) o una aseguradora (fianza), con la prima o comisión que ellos fijen. Está vigente desde la apertura de las ofertas técnicas hasta la firma del contrato. No se exige a las MIPYMES, ni en los sorteos de obras, las subastas inversas o la selección directa. Si la entidad detecta un error material o una moneda equivocada, puede permitirle subsanarlo en un plazo de 1 a 5 días hábiles. Las garantías firmadas digitalmente son válidas. Usted firma la solicitud y paga la prima.
11. Un acto de consorcio, si ofertan en conjunto. Los oferentes conjuntos establecen mediante acto notarial que actúan como uno solo, su responsabilidad solidaria, sus funciones y un representante único. Lo redacta un abogado, y el representante legal de cada integrante lo firma ante notario. Cada integrante debe estar inscrito en el RPE; el consorcio puede tener un RPE provisional y necesita uno definitivo antes de firmar. Un proveedor solo puede presentar una oferta por procedimiento, también a través de consorcios (art. 36 de la Ley 47-25).
12. Firmar y presentar. Las ofertas, garantías, certificaciones y contratos firmados digitalmente son válidos según la Ley 126-02, con certificados de proveedores acreditados, y las entidades no pueden exigir una versión con firma manuscrita de un documento digital válidamente firmado. Su representante legal firma con su propio certificado y su PIN, o a mano. La oferta se presenta electrónicamente en el SECP antes del plazo, desde un usuario vinculado a su RPE.
Si queda en posición de resultar adjudicatario
Un proveedor dominicano con su RPE al día no tiene nada nuevo que registrar. Un adjudicatario extranjero debe solicitar el registro definitivo en el RPE dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y tenerlo antes de firmar el contrato o la orden de compra. Es gratuito.
| Documento | Lo expide | Quién puede obtenerlo por usted | Validez | Lo que solo hace usted |
|---|---|---|---|---|
| Solicitud de RPE definitivo y declaración jurada de la DGCP para personas jurídicas extranjeras | Formulario de la DGCP, firmado por su empresa | Se prepara y presenta por usted | Igual que un RPE nacional | Su representante legal firma el formulario y la declaración |
| Identificación tributaria de origen y documentos societarios (objeto social; órgano de administración, con nombres, pasaportes y cargos; composición accionaria) | El registro de su país o su propia empresa | La lista se prepara por usted | — | Obtenerlos del registro de su país |
| Certificación bancaria de la cuenta de pago: número, tipo, moneda (DOP, USD, EUR) y titular, firmada y sellada | Su banco | — | — | Solicitarla a su propio banco |
| Apostilla o legalización consular, y traducción al español | La autoridad de apostilla de su país o el consulado dominicano; un traductor de una autoridad competente del país de origen o de la República Dominicana | Un traductor, como un intérprete judicial | — | Solicitar las apostillas en su país |
Los documentos societarios que una empresa extranjera firma en la República Dominicana no necesitan apostilla, pero los documentos extranjeros que acreditan quién puede firmar por ella sí.
Antes del contrato y de la primera factura
La garantía de fiel cumplimiento. El 4 % de la adjudicación, o el 1 % para las MIPYMES, obligatoria por encima del equivalente en pesos dominicanos de US$10,000. Un banco o una aseguradora la emite a su nombre (las MIPYMES, solo fianza de seguros), con la prima o comisión que fijen, y usted firma la solicitud o la contragarantía. Entréguela dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación, o 10 en las licitaciones internacionales y para los adjudicatarios extranjeros. Se mantiene vigente hasta la liquidación del contrato (en obras, hasta que se comprueban los vicios) y se renueva cada año en los contratos plurianuales. Si llega tarde, la entidad puede ejecutar su garantía de seriedad y adjudicar al segundo lugar.
El contrato. Solo lo firma su firmante autorizado, digitalmente con su propio certificado o a mano.
El pago. Los pagos se hacen a través de la Tesorería Nacional a la cuenta bancaria registrada en el RPE: en la inscripción para un proveedor dominicano, en el registro definitivo para uno extranjero. Se admiten cuentas extranjeras con SWIFT; un RPE provisional no puede registrar cuentas.
Quién hace qué
| Paso | Quién puede hacerlo | Lo que solo hace usted |
|---|---|---|
| Usuario del SECP | Cada persona crea el suyo | Su personal crea sus propios usuarios; nunca comparta uno |
| RNC | Un contador o abogado local | Firmar los formularios de la DGII o un poder |
| Registro mercantil | Usted o su abogado lo renuevan en la cámara | Mantenerlo vigente |
| Solicitud de RPE (provisional, nacional o definitivo) | Se prepara por usted; la presenta un usuario vinculado, o se presenta en persona con poder notarizado | Su representante legal firma y sella el formulario |
| Declaración de beneficiario final | Se llena por usted a partir de su cadena accionaria | Su representante legal la firma |
| Certificaciones de la DGII y la TSS, si hacen falta | — | Pagar lo adeudado; descargarlas con su propio acceso |
| Certificaciones MIPYME | La certificación vigente se sube por usted | Solicitarlas al MICM |
| Poder notarizado | Se redacta por usted; un notario público lo notariza | Su representante legal firma ante el notario |
| Credenciales y oferta técnica del Sobre A | Se redactan por usted; un CPA prepara o certifica los estados | Pedir cartas de referencia a antiguos clientes; firmar los estados |
| Declaración de oferta libre de colusión | Se redacta a partir del modelo del pliego | Su representante legal la firma |
| Garantía de seriedad y de fiel cumplimiento | Un banco o una aseguradora las emite | Firmar la solicitud y pagar la prima |
| Acto de consorcio | Un abogado lo redacta; un notario lo instrumenta | El representante legal de cada integrante firma |
| Presentar la oferta | Un usuario vinculado a su RPE, como un gestor de licitaciones | Autorizar la vinculación |
| Apostillas y traducción | Un traductor | Solicitar las apostillas en su país |
| Contrato | — | Su firmante autorizado firma |
Los profesionales que intervienen
| Profesional | Habilitado o regulado por | Qué hace por un oferente |
|---|---|---|
| Abogado | Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD); Suprema Corte de Justicia (exequátur) | Representarle ante la DGCP con un poder notarizado, por ejemplo para presentar el RPE en persona; redactar el acuerdo de consorcio y los poderes; revisar pliegos y redactar preguntas, subsanaciones y el recurso de reconsideración o el recurso jerárquico impropio; asesorar sobre declaraciones de beneficiario final y documentos societarios |
| Notario público | Ley 140-15 del Notariado; Colegio Dominicano de Notarios | Notarizar el poder del representante que realiza trámites del RPE; instrumentar el acto notarial por el que los integrantes de un consorcio se obligan solidariamente; asistir a aperturas de ofertas y sorteos de obras cuando se exige |
| Intérprete judicial o una autoridad competente del país emisor | Poder Judicial (nombramiento de intérpretes judiciales) | Traducir al español los documentos societarios extranjeros para el RPE y las ofertas |
| Aseguradora o banco | Superintendencia de Seguros; Superintendencia de Bancos | Emitir la garantía de seriedad del 1 %, la de fiel cumplimiento y las de anticipo o vicios ocultos; emitir la certificación bancaria de su cuenta de pago |
| Gestor de licitaciones | Profesión no regulada | Trabajar en el SECP con su propio usuario vinculado a su RPE; descargar pliegos, enviar preguntas, armar el Sobre A y el Sobre B y presentar la oferta según sus instrucciones; atender solicitudes de subsanación y actualizaciones del RPE |
Si su empresa es extranjera
No necesita una empresa dominicana, un agente local ni un domicilio en la República Dominicana para ofertar: una empresa extranjera oferta con un registro provisional de proveedor. Quién puede ofertar desde el exterior, y en qué condiciones, se explica en Cómo participar en licitaciones públicas en la República Dominicana. En cuanto a los papeles:
- RPE provisional: el formulario de solicitud en línea (datos generales y declaración de no estar inhabilitado) más el documento de identificación tributaria de su país, o el pasaporte si es persona física. Es gratuito, con un tiempo de respuesta publicado de 2 días hábiles en línea, y dura hasta que se exige el registro definitivo. No admite el registro de cuentas bancarias.
- Número tributario: la DGCP pide a las empresas extranjeras su identificación tributaria de origen, así que no necesita RNC para el RPE.
- Documentos societarios: los equivalentes del registro mercantil en su país, que acrediten el objeto social, el órgano de administración y la composición accionaria.
- Beneficiario final: se declara mediante su composición accionaria y la declaración jurada de la DGCP para personas jurídicas extranjeras. Si la ley de su país exige confidencialidad, presenta esa ley en su lugar.
- DGII y TSS: no se aplican salvo que se registre en el país o tenga empleados dominicanos.
- Poderes y firmas: un poder firmado en el exterior se notariza, se apostilla y se traduce si hace falta. No se ha confirmado la validación de certificados digitales extranjeros, así que un firmante extranjero puede firmar a mano y apostillar cuando sea necesario.
- Apostilla y traducción: apostilla o legalización consular dominicana, y traducción al español por una autoridad competente de su país o de la República Dominicana.
- Estados financieros y experiencia: estados auditados de su país, apostillados y traducidos según exija el pliego; la experiencia en el extranjero se acepta según lo que permita el pliego, traducida al español. Una declaración de oferta libre de colusión firmada en español no necesita traducción.
- Consorcios: los integrantes extranjeros firman a través de su representante, y el consorcio necesita su RPE definitivo antes de firmar.
- Adjudicación: RPE definitivo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación; garantía de fiel cumplimiento dentro de 10 días hábiles; pagos a la cuenta SWIFT extranjera registrada en el registro definitivo.
- La condición de MIPYME y la certificación de MIPYME liderada por mujeres no están abiertas a las empresas extranjeras.
Errores frecuentes
- Nunca comparta un usuario ni un certificado. Cada persona trabaja con su propio usuario del SECP; su certificado digital y su PIN se quedan con su firmante.
- El formulario de vinculación necesita la firma correcta. Debe firmarlo la persona autorizada según su registro mercantil vigente, o según los documentos societarios que constan en el expediente de un proveedor extranjero; la DGCP verifica ese firmante contra su RPE.
- Una oferta por procedimiento. Un proveedor no puede ofertar dos veces en el mismo procedimiento, tampoco a través de un consorcio.
- Adjudicatarios extranjeros: atención al RPE definitivo. Solicítelo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y téngalo antes de firmar.
- Los beneficios MIPYME exigen una certificación vigente del MICM. Los procedimientos reservados a MIPYMES quedan, en la práctica, cerrados a las empresas extranjeras.
- La garantía de seriedad va dentro del Sobre B.
- El plazo de la garantía de fiel cumplimiento es corto: 5 días hábiles (10 para adjudicatarios extranjeros o licitaciones internacionales), o pierde la adjudicación y la garantía de seriedad.
- Confirme con la DGCP la lista de documentos extranjeros. El Decreto 52-26 prevé un nuevo reglamento del RPE, así que la lista puede cambiar.
- Mantenga el RPE al día. El vencimiento del registro mercantil y de la certificación MIPYME lo deja desactualizado, y los cambios deben notificarse dentro de los 30 días calendario.
- Las firmas digitales valen. Las entidades no pueden exigir firma manuscrita, pero solo firma su propio firmante.
Con askTender
En la República Dominicana, su Partner de askTender se agrega como usuario con nombre propio en la cuenta de su empresa en el SECP (Portal Transaccional) y trabaja con su propio acceso. Usted conserva su propio acceso y firma lo que solo usted puede firmar: los formularios y declaraciones del RPE, cualquier poder, la declaración de oferta libre de colusión, las solicitudes de garantía y el contrato. El askTender Desk prepara el expediente del RPE, el Sobre A, el Sobre B y las declaraciones; los askTender Partners, como un abogado, un notario público o un intérprete judicial, se encargan de los pasos que cubre su habilitación.
Preguntas
¿Puede una empresa extranjera ofertar en la República Dominicana sin registrarse en el país?
Sí. Una empresa extranjera sin domicilio legal en el país solicita en línea un registro provisional en el RPE, que es gratuito y tiene un tiempo de respuesta publicado de 2 días hábiles. Solo necesita el formulario de solicitud, con la declaración de no estar inhabilitada, y el documento de identificación tributaria de su país. Si resulta adjudicataria, solicita el registro definitivo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación y debe tenerlo antes de firmar.
¿Qué va en el Sobre A y en el Sobre B?
El Sobre A contiene sus credenciales y su oferta técnica: experiencia, referencias y, si el pliego lo pide, estados financieros y licencias profesionales. El Sobre B contiene el precio, la garantía de seriedad del 1 % y la declaración jurada de que la oferta está libre de prácticas colusorias.
¿Necesito una garantía de seriedad de la oferta en la República Dominicana?
En la mayoría de los procedimientos, sí: el 1 % del monto ofertado, emitida por un banco o una aseguradora, dentro del Sobre B y vigente desde la apertura de las ofertas técnicas hasta la firma del contrato. No se exige a las MIPYMES, ni en los sorteos de obras, las subastas inversas o la selección directa.
¿Puede otra persona presentar mi oferta en el SECP?
Sí, pero nunca con su usuario. Cada persona crea su propio usuario del SECP, y un usuario se vincula a su RPE mediante el formulario de vinculación de la DGCP, firmado por la persona autorizada según su registro mercantil vigente. Ese usuario puede entonces presentar ofertas y actualizar el RPE en nombre de su empresa.
¿Se aceptan las firmas digitales en las ofertas dominicanas?
Sí. Según la Ley 126-02, las ofertas, garantías, certificaciones y contratos firmados digitalmente son válidos, y las entidades no pueden exigir una versión con firma manuscrita de un documento digital válidamente firmado. Su representante legal firma con su propio certificado, o a mano.
¿Qué plazo tengo para entregar la garantía de fiel cumplimiento?
5 días hábiles desde la notificación de la adjudicación, o 10 en las licitaciones internacionales y para los adjudicatarios extranjeros. Equivale al 4 % de la adjudicación (1 % para las MIPYMES) y es obligatoria por encima del equivalente en pesos dominicanos de US$10,000. Si no cumple el plazo, la entidad puede ejecutar su garantía de seriedad y adjudicar al segundo lugar.
Fuentes
- DGCP: Registro de Proveedores del Estado
- DGCP: vinculación de un usuario a un proveedor registrado
- DGCP: formulario de vinculación de usuario
- Ley 47-25 de Contrataciones Públicas (DGCP)
- Decreto 52-26: reglamento de la Ley 47-25 (DGII)
- Circular DGCP44-PNP-2026-0004 de la DGCP sobre firma digital
- DGII: inscripción en el RNC
Esta guía explica las normas en un lenguaje sencillo; no constituye asesoramiento jurídico. Las normas de contratación cambian y cada pliego fija sus propias condiciones, que siempre prevalecen.
